«Sobre el dios de los políticos»

Atilana Guerrero Sánchez
(Madrid, España)


Después del 11 de septiembre ya nadie puede negar que “cristianos, moros y judíos”, las tres “castas”con que Américo Castro quiso desentrañar el problema de España , vuelven a estar presentes en la realidad política mundial.  “Infieles” son para Ben Laden sus enemigos, Bush dice en su Discurso en el Capitolio tras los atentados que “Dios no es neutral”...Parece, por tanto, que la teología no es ajena a la política. Por eso, nuestro modo de acercarnos a este presente, como no podría ser de otro modo, supone un “rodeo”, un regreso a las condiciones en que el conflicto de las tres religiones se presentó por primera vez a escala universal en el “corazón del Imperio”. Este “rodeo” será el trabajo con el que, ante el congreso de filósofos jóvenes, nos preguntemos por la esencia de  la institución que, según sus promotores, los Reyes Católicos,  perseguiría los “crímenes de infidelidad”: la Inquisición española.  ¿Es el vocabulario teológico síntoma de semejanzas o encubridor de diferencias entre el siglo XV y el XXI?  Desde el análisis de algunos de los últimos libros que los historiadores han dedicado a la Inquisición española, señalaremos la necesidad de ofrecer unas coordenadas filosóficas para orientarse en un campo en el que todo aquello que suena a polémica parece ser silenciado por anacrónico. Pero el silencio es imposible. En realidad, historiadores metidos a filósofos, o filósofos metidos a historiadores,  se encuentran ante Ideas como Religión, Imperio, Dios, Hombre, etc. sin un sistema que, lejos de silenciar, permita la polémica.

Breve introducción como saludo a los congresistas.

El trabajo que aquí presento es el proyecto con el que pretendo concluir, una vez realizado, el  2º curso de doctorado de Historia moderna en la Universidad de Córdoba. Digo esto en primer lugar, más que por ofrecer un dato biográfico,  a lo mejor impertinente, por lo que con ello supongo respecto a este congreso y a la concepción de la filosofía que aquí pretendo ejercitar. Sobre lo que un congreso llamado “de filósofos jóvenes” pueda tener de contradictorio, si es que por “jóvenes” entendemos el adjetivo que aplicamos a los “filósofos” de poca edad, basta con recordar los consejos de Platón en La República (539 b) que en palabras de Sócrates decía: “una importante precaución consiste en no dejarles gustar de la dialéctica cuando son jóvenes; pienso, en efecto, que no se te habrá escapado que los jovencitos, cuando gustan por primera vez las discusiones, las practican indebidamente convirtiéndolas en juegos, e imitando a los que los han refutado a ellos refutan a otros, gozando como cachorros en tironear y dar dentelladas con argumentos a los que en cualquier momento se les acercan”. 

Por ello, en lugar de “jóvenes” estaría mejor decir que somos “aprendices” de filósofos, de ahí que estén aquí también, necesariamente, los maestros del oficio,  seguramente ya “llegados a la cincuentena”, como pedía Platón. Y es importante saber que esta petición no es gratuita,  al margen de su acuerdo con la “esperanza de vida” con que contemos,  pues sólo después de tener el conocimiento de determinados saberes positivos es posible plantearse la crítica de los mismos, o sea, la filosofía -habría, en todo caso, que reconocer que un estado cuya población no tenga una “esperanza de vida” que pueda cumplir con las exigencias de Platón en la República difícilmente podrá cultivar la filosofía. 

El contenido de mi comunicación es fruto de un primer acercamiento a un saber positivo, la Historia,  en concreto, la historia de la Inquisición española. La pertinencia del tema en este congreso, haciendo valer, como he dicho antes, la labor del aprendiz, no del filósofo, exige contar, pues, con una determinada concepción de la filosofía.

Esta concepción nos lleva a tomar como referencia  otros saberes (científicos, políticos o religiosos) como pueda ser la Historia de España, antes que  la filosofía misma como saber plenamente institucionalizado.  La razón por la que esto es así está en la misma actividad de clarificación que demanda el  presente de la vida pública en el que se nos dan en constante confusión saberes, opiniones e ideas en una amalgama ininteligible. La filosofía académica es la institución de esa actividad que persiste a lo largo de los siglos y que, entretanto, ha conquistado un buen puñado de verdades. Entre ellas, sobre todo de carácter negativo, la de que esta actividad no es producto de la  “inteligencia creadora”, sino de la constante decantación entre las ideas que se dan a través de las ciencias. Es por esto que ante la emisión  constante de opiniones, la “diafonía ton doxon” que decían los griegos,  la labor de la filosofía consista en su clasificación u ordenación según criterios que se demuestren objetivos, presentes en la misma realidad construída por las ciencias.

 

El “Dios” de los políticos.

Esta comunicación tratará, como anunciamos en su presentación, de “no tomar el nombre de Dios en vano”,  o sea, de dar  el valor que merezca al uso que de la Idea de “Dios” hacen los políticos en nuestros días (Bush frente a Ben Laden, por ejemplo), para lo cual  recurriremos, a modo de artificio académico,  al estudio de la institución que desde 1478 y hasta 1834 en España se encargó de eso mismo: la Inquisición española.     

Como hemos apuntado más arriba, este estudio no tendría por qué ser a priori filosófico, sino más bien histórico, y además no habría de servir especialmente para clarificar el presente político cuando tratamos de una institución ya fenecida. Sin embargo,  esta posible objeción puede ser refutada por la misma concepción de la filosofía que hemos sugerido más arriba: bastará con reconocer la virtud crítica que tiene respecto de la sociedad de referencia el compararla con otras sociedades esencialmente diferentes a ella. [1] Como prueba de ello habría que decir que es imposible encontrar un libro sobre la Inquisición española en el que no haya Ideas filosóficas que cumplan, por lo menos, esa misión de “sutura” entre unas partes y otras del mismo presente conflictivo en el que trabaja la Historia. La mayor parte de ellos, y no por negligencia de sus autores, dan por supuesta una Filosofía de la Historia o una Filosofía de la Religión que no por no ser explícitas intervienen menos en el contenido de la obra.

La cuestión que queremos plantear aquí se encuentra tratada a fondo en la obra  de Gustavo Bueno, en particular en el artículo titulado “España” [2] y en el libro España frente a Europa, de modo que nuestra aportación consistirá en referirnos a un “elemento de la composición” desde el cual se pueda reconstruir el todo.

Para empezar, valiéndonos del mismo esquema con el que Bueno introduce la “materia” de España,  nos encontramos, entonces, ante una visión científica de la Inquisición o, dicho de otro modo, nos encontramos con “los problemas” de la Inquisición: históricos, económicos, jurídicos, sociológicos, antropológicos o psicológicos, en definitiva, categoriales. Se puede decir que es, según la autoconcepción “standard” en la historiografía sobre el tema, el modo “civilizado” de tratarlo, incluso como postura “madura” después de la transición democrática [3] . Por otra parte, cuando el “objeto” es la Inquisición española ,  o el “problema” de la Inquisición, la naturaleza filosófica del asunto se admite casi siempre bajo una forma “galeata” y el recinto categorial dentro del que la materia admite su inclusión es la “Historia”.  La resistencia de los historiadores, por otra parte comprensible, a admitir “responsabilidad filosófica” [4] se  justifica exhibiendo su labor como “desapasionada”, “objetiva” o “neutral”, lo cual es si cabe aun más indicativo del problema  filosófico, enunciado bajo un enfoque epistemológico. Hasta aquí, con todo, nos hemos referido tan solo al problema gnoseológico genérico que presenta la Historia de España: la imposibilidad de desconectarla de la Idea de España. Pero no al específico de la Historia de la Inquisición española, que queremos, no obstante, considerar vinculados. Este problema  gnoseológico específico tiene que ver con el hecho de que la Inquisición española, como tal institución, comporta ella misma un tipo de saber, es decir, el de aquellos teólogos y juristas [5] españoles que en la fase terciaria de una religión como es la religión católica habían de “defender la Santa fe Católica” en los territorios del Imperio . Este es el saber que Gustavo Bueno ha denominado “nematológico [6] . Recordando su definición hay que decir que los “saberes” sobre la religión, teniendo en cuenta que las religiones mismas constituyen un “saber”, pueden clasificarse en saberes nematológicos, científicos y filosóficos. Los que ahora nos interesan son los primeros, “aquellos saberes organizados en torno a instituciones dadas (políticas, militares, tecnológicas, etc.) cuyo objetivo es establecer “proposicionalmente” las coordenadas de las “nebulosas ideológicas” que acompañan a tales instituciones en función de otras nebulosas de instituciones distintas y analizar y sistematizar los propios contenidos proposicionales de la nebulosa de referencia” . Nuestra pregunta es la siguiente: ¿se puede hacer una historia de la Inquisición española y, por tanto, saber qué es aquello que se organiza a lo largo de un período tan importante de la historia de España al margen de ese saber nematológico que como institución la caracteriza?. Nuestra respuesta, evidentemente, es negativa, a pesar de que tengamos que reconocer que a los historiadores tampoco se les escapa semejante cuestión. Ahora bien, no por eso ofrecen la claridad conceptual necesaria; en su lugar, se sirven de la Idea de religión que pueda estar en consonancia con el género “aséptico” científico establecido.

Lo más usual es que adopten la perspectiva ilustrada, a caballo entre la Teología y la Filosofía,  que, como Gustavo Bueno ha puesto de manifiesto, paradójicamente viene a prolongar el mismo esquema de la teología escolástica [7] : “Lo que ha cambiado es la valoración de la parte positiva de las religiones. Porque mientras los escolásticos valoran la parte positiva (al menos la de una religión), como sobrenatural (la parte positiva de las restantes religiones o no es religión sino idolatría, o es un conjunto de fenómenos religiosamente interpretados, atribuidos a  Satán), los deístas no respetan ningún componente sobrenatural  pero debido a que todo lo que no es natural (según el canon establecido y muy similar al de los Preambula fidei), cualquiera que sea la religión de que se trate, se declarará superstición (diríamos: superestructura), es decir, producto contingente de la impostura, de la barbarie y de la estupidez”. Bajo este prisma, y en la medida en que esta postura se diera en toda su pureza, la misma institución al completo, la inquisición tanto medieval o eclesiástica como la española, solo podrá ser vista como un engendro de la intolerancia y el sectarismo, que, en todo caso, al hacerse ininteligible por sí misma, servirá como superestructura a otros intereses más  viles o pragmáticos: control social,  sistema de financiación , instrumento aculturador, ...en general, instrumento al servicio de la política o de la economía. [8]

Es más extraño encontrarse con historiadores cuyos presupuestos sean los de la Teología  católica [9] , que en la medida en que contemple el campo de su disciplina con probidad científica, será gracias al racionalismo que instaura la Teología natural. Esto le permite asimilarse en sus resultados al historiador “ilustrado”, o incluso superarlo, en la medida en que se negará a reconocer como “superestructural” o vacío un complejo de realidades tan “básicas” como son las de la Iglesia católica. En cuanto a las historias elaboradas desde otras teologías no católicas, son clásicas las de historiadores judíos [10] y los problemas gnoseológicos que pueden presentar son del mismo tipo, al margen de la “dramatización” como “perdedores”. 

Por último, la perspectiva filosófica de la religión, que obligadamente se constituye como crítica de la teología, en nuestro caso desde las coordenadas del materialismo religioso de Gustavo Bueno, nos permite reconocer la “verdad” de la religión como un componente transcendental del “espacio antropológico”, lo que de entrada evita que demos de lado la cuestión como si fuera “superestructural”. Nos preguntamos, así, cómo puede el ateísmo relativo al Dios de las religiones terciarias modificar el entendimiento de la institución inquisitorial  que el deísmo o el teísmo, en las versiones implícitas de la mayoría de los historiadores, nos ofrecen. En efecto,  nuestra tesis comienza por reconocer que sólo desde el ateísmo del Dios terciario de las religiones monoteístas es posible saber qué es, en sentido estricto, la Inquisición española,. Veamos.

Hacia una reconstrucción del concepto “Inquisición española”

Si el saber nematológico constituido por la teología católica está vinculado a alguna institución, entre las muchas posibles que a lo largo de la historia de la Iglesia podríamos decir se encuentran: colegios, universidades, la misma inquisición, la eclesiástica o la española, con sus tribunales, oficiales, cárceles, etc., incluso, la monarquía cuyos reyes son llamados con el mismo nombre que la religión, “católicos”...Evidentemente, aquí la distinción entre la perspectiva emic y etic es fundamental puesto que, por sí mismas, ninguna de dichas instituciones habrían de considerarse religiosas o teológicas. Suponemos que todas ellas conformarían, en cuanto que las vinculamos con la religión, algunos de los contenidos del “cuerpo” de las religiones en su fase terciaria cuando, por la dialéctica de su propio curso, el contenido “nuclear” de la religión, la relación transcendental  del hombre con los númenes animales, se va extinguiendo. Para decirlo rápidamente, un tribunal de la Inquisición no es religioso, aunque sí lo sea la materia que en él se juzga; será una de las determinaciones que el cuerpo de la religión  adopte en su “tejido” político. 

Así, vemos cómo la indecisión con que los historiadores aceptan la naturaleza entre religiosa  y política de  la Inquisición española ( institución “bifaz”) es fruto de la falta de criterio para distinguir entre lo que “emic” afirman los documentos ( por ejemplo, la bula de Sixto IV en que se concede a los Reyes Católicos la creación del nuevo tribunal para “perseguir el crimen contra la fe”)   y lo que nosotros, fuera de sus coordenadas,  podemos interpretar que significan: ¿acaso “existen” los crímenes contra la fe?. Merece la pena citar algún  texto en el que el historiador se plantea, como cuestión de método, la aceptación de las categorías teológicas [11] : “Durante siglos los Estados de la cristiandad consideraron que la unidad de la fe era capaz por sí sola de garantizar la cohesión y el equilibrio de la sociedad [...].no podía ser de otra manera, dada la configuración de la sociedad y el papel fundamental que desempeñaba la religión [...]Si en aquellas circunstancias, la herejía pudo servir de pretexto a intervenciones de aspecto político, es porque los gobiernos consideraban la herejía como una amenaza para la sociedad. Ahora bien, ¿qué es la herejía?”. Desde luego, decimos nosotros, no se definirá del mismo modo si creemos que la herejía es un pretexto, o si pensamos que era una amenaza real. El texto continúa diciendo:”la herejía es una verdad, pero una verdad parcial, y como tal se convierte en un error.” Queda claro que no podemos eludir el aspecto gnoseológico del asunto, pues, “verdad”, ¿desde qué ciencia?. Por otra parte, si se dice que los Estados de la cristiandad “consideraban” que la fe “por sí sola” garantizaba la cohesión política, ¿es verdad eso que “consideraban”?; evidentemente, no. Suponemos que, si la cohesión social se conseguía era porque no era la “fe por sí sola” lo que estaba actuando; pero, entonces, la herejía, ¿era un pretexto “emic” o lo es hoy “etic”?.

Una vez admitido el hecho de que la Inquisición española no es una institución religiosa,  nos queda explicar su vinculación con la religión como institución política.

La Inquisición española es la primera institución de los reinos hispánicos. Junto con la toma de Granada y la expulsión de los judíos forma la serie de medidas con las que se definirá la política del Imperio.  Se hace obligado acudir a la acepción IV de Imperio que Gustavo Bueno ofrece en España frente a Europa : “Desde una perspectiva materialista, es evidente que el peso o la fuerza de una Idea no puede proceder de su condición metafísica (inmaterial, teológica, espiritual). Será preciso que tales ideas metafísicas (que sin duda se registran emic en los documentos y en los monumentos pertinentes) actúen causalmente a través de realidades corpóreas operatorias; más aún, será preciso que estas realidades corpóreas metapolíticas tengan una definición capaz de “engranar” con las sociedades políticas realmente existentes”.  

Pues bien, diríamos que el peso de la Inquisición española no podemos hacerlo residir en su condición de institución ligada a un saber metafísico, el de la teología católica. Sin negar su presencia, y los límites que su dogmática imponga, hemos de perseguir los contenidos positivos políticos a que da lugar en su papel de nematología del Imperio.

 Para continuar, se hace necesario recordar algunas de las líneas fundamentales de la filosofía  política del materialismo de Gustavo Bueno [12] . En primer lugar, consideramos la actividad política como una actividad “de segundo grado”, en el sentido de que las operaciones políticas estrictas  son operaciones de sujetos políticos sobre otros sujetos, que a la vez, son sujetos operatorios en los distintos ámbitos de lo que llamamos el “espacio antropológico”( en sus relaciones con la “naturaleza” o eje radial, con otros hombres, o eje circular, y con los númenes o animales religiosos, el eje angular). Si el “núcleo” de la sociedad política es el “ejercicio del poder que se orienta objetivamente a la eutaxia (“buena constitución”) de una sociedad divergente según la diversidad de sus capas”, ese poder, -como hemos dicho antes, la actividad operatoria política sobre otras operaciones humanas-, no cabe duda de que  fue ejercido en España, en colaboración con otras instituciones, de modo preeminente por la Inquisición española. ¿Por qué hubo de ser así?. En efecto, su actividad entra dentro de lo que Gustavo Bueno ha llamado actividad “sintáctica” del poder político.

Tomando como modelo de la sociedad política el cuerpo de una ciencia tal y como éste se analiza desde la Teoría del Cierre Categorial, la actividad sintáctica del político supone ya  un campo semántico de operaciones sobre las que actuar dirigiéndolas, permitiéndolas, eliminándolas, etc. Pero no sólo hay que ver como contenido del campo semántico a contenidos circulares, sino también a los radiales y angulares. Desde estos tres ejes del espacio antropológico es como vemos formarse, por la acción del “núcleo” (o “poder político”) sobre ellos, las tres capas del cuerpo de la sociedad política. Este “cuerpo” político se constituye a través del eje circular como la capa conjuntiva : “incluye, por ejemplo, múltiples estructuras sociales –instituciones familiares, asociativas, profesionales, generacionales- en tanto resultan concatenadas por el mismo movimiento que las reajusta, adapta, realimenta o destruye”. [13]

“En el eje radial la acción del núcleo determinará una capa más o menos coherente con todos aquellos contenidos impersonales (desde las tierras de cultivo hasta los edificios, desde hornos de fundición hasta centrales eléctricas) que, formando parte del mundo entorno (natural y cultural), se nos presentan (o son representados) como configuraciones cuya conservación, transformación o reproducción pueden llegar a constituir objetivos de la acción política” [14] , esta es la llamada capa basal. Y por último, la capa que se irá originando en la dirección del eje angular “incluirá los contenidos que tengan que ver con sujetos “personales” pero no humanos, distintos por tanto, de los sujetos constitutivos de la sociedad política, aun cuando habiten como númenes animales o divinos, dentro de sus fronteras; en segundo lugar, [...] contendrá a aquellos sujetos personales humanos, o muy próximos a los hombres, que son llamados salvajes, bárbaros, y en general extranjeros, y que no forman parte de la sociedad política de referencia” [15] , es la que llamamos capa cortical. 

Pues bien, el poder “sintáctico” que, en su génesis –ya veremos si permanece en su estructura-, la Inquisición ejerce sobre la  sociedad política que se estaba conformando en aquel momento de finales del siglo XV en España, se centra sobre unas operaciones de los sujetos humanos muy concretas, las ceremonias religiosas. El objetivo para el que surgió, o dicho de otra manera, el finis operantis  del Santo Oficio fue la persecución de aquellos cristianos que judaizaban, o que practicaban a escondidas la religión judía. [16] Con todo, sólo desde los resultados o finis operis podemos valorar históricamente semejantes planes y programas. Para ello, de entrada, hemos de contar con una situación, pues, en la que, dado el “ortograma imperialista” [17] consistente en “recubrir” al Islam –lo que continuará siendo emic la “conquista de las Indias”- las fronteras territoriales no estaban lo suficientemente definidas, como tampoco, entonces, los contenidos de la “capa cortical” . Quiere esto decir, en los términos de la teoría de la sociedad política de Gustavo Bueno, que la acción del “núcleo” sobre las distintas capas del cuerpo político todavía no había conseguido la estabilización suficiente, pues el “remolino” que giraba en su torno aún no había segregado o incorporado, los componentes que, procedentes del “exterior”, esencialmente iban a definir a esa sociedad en su “eutaxia”. Hasta que el “recubrimiento” del Islam en la península no fue un objetivo cercano (con el reinado de los reyes católicos) ser judío (religiosamente hablando, musulmán [18] , menos) suponía para los individuos así definidos, y ya era bastante, ser un súbdito “de segunda” [19] . Así se explica la presunta “tolerancia” de los cristianos [20] . De todas formas, el “torbellino” llevaba girando ya varios siglos, y el conflicto en el seno de la sociedad entre cristianos y judíos ( puesto que entre cristianos y musulmanes la batalla se estaba librando en el “exterior” del cuerpo político) estallaba sangrientamente con relativa frecuencia. Con el siglo XIV (pensemos que quedan casi 200 años para el establecimiento de la Inquisición) comienza la época que marca la ruptura de la llamada “armonía judeocristiana” de los siglos XII y XIII [21] . Desde 1391, año en que se desencadenan los sucesos más graves contra los judíos en las tierras hispanas, hasta el establecimiento de la Inquisición en 1478 y su primera actuación dos años después, pasando por el violento conflicto que estalló en Toledo contra los judíos conversos o “cristianos nuevos”,  el problema judío se hace cada vez más insoportable. Los monarcas se resisten a adoptar medidas drásticas contra ellos, hasta el punto de defenderlos de las iras del pueblo. Con todo, la escalada “antisemita” desborda los ordenamientos legales ( en los que se disponía que los judíos vivieran separados, que no pudieran acceder a los oficios, que llevaran ropa distintiva, y tantos otros con los que se pensaba que acabaría el problema).

La convivencia se dice rota por razones sociales y económicas, por ejemplo J Pérez [22] : “Este es, en España, el origen verdadero de la que Américo Castro llamó edad conflictiva. En los siglos XIV y XV se pasó efectivamente de una época de convivencia relativamente pacífica a un ambiente de lucha y odio, no porque se hubiera agudizado la propaganda antisemita, sino porque la coyuntura económica había cambiado de signo. Los conflictos entre judaísmo y cristianismo, bajo una apariencia religiosa, eran en realidad conflictos sociales”.

Otros historiadores,  pasto de la leyenda negra, junto con humanistas de nuevo cuño, apelan a fuerzas “más profundas”: xenofobia, racismo y, en general, consustancial fanatismo del español. [23] Últimamente se ha abierto una polémica [24] (que pone de manifiesto hasta qué punto la perspectiva que los historiadores tienen del proceso es puramente fenoménica) motivada por el libro del historiador judío -¿por qué importa su religión?- Los orígenes de la Inquisición en la España del siglo XV (Barcelona, 1999) cuya tesis viene a sostener que las causas de la inquisición española no fueron religiosas. [25] La respuesta de Antonio Domínguez Ortiz, gran conocedor de la cuestión [26] , “ha criticado profundamente el motivo racista esgrimido por Netanyahu”, abogando por la causa religiosa. [27] Nosotros, ante toda esta exposición de causas, nos preguntamos simplemente, sin pretender cerrar el debate, pues en todo caso sería abrirlo con más elementos a tener en cuenta, qué se entiende por “religión” y por “política”. Parece que entre una y otra causa, pues desestimamos de entrada cualquier acceso de psicologismo, se juega la explicación como si se supiera qué se quiere decir con ello. Lo que no parece dudoso es que el vocabulario empleado por los agentes del proceso: bautismo, judaizar, herejía, fe, cristiano, pertenece al campo de los “fenómenos” religiosos, pero ¿quiere ello decir que la Inquisición se explica por causas religiosas? Nuestra respuesta, sin agotar las anteriores, ensaya una explicación “religiosa verdadera”, para la conducta del “pueblo” cristiano  y una explicación “política” para la conducta de reyes, inquisidores y cuantos tuvieron que “aceptar” como solución la nueva inquisición española.      

Nuestra argumentación se encamina, en principio como hipótesis, a considerar a los judíos y/o musulmanes  que en aquellos tiempos se encontraban teniendo que “convivir” con cristianos, como a elementos “flotantes” de la “capa cortical” del cuerpo de la sociedad política “en ciernes”.Finalmente, como tales, expulsados o segregados por la acción del “núcleo” dirigente ante su resistencia a su inclusión como elementos de la capa conjuntiva ( aunque no de la basal). En primer lugar, por la siguiente razón abstracta, contemplada por la filosofía de la religión que aquí queremos ejercitar, a saber, “ que mientras las relaciones circulares son relaciones humanas específicas, en cambio, las relaciones entre los diversos círculos (hordas, Estados...), que pertenecen a otro nivel lógico, el de las relaciones entre clases disyuntas, ya no tiene por qué ser específicas a título de circulares. Y, por consiguiente, podemos concluir que este es el terreno de mayor probabilidad para la refluencia o efluencia de propiedades genéricas (animales) y, por consiguiente, de relaciones interhumanas que, sin dejar de serlo, habría que poner en el eje de las relaciones angulares. Con esto no queremos hacer otra cosa sino analizar el marco lógico en el que puede dejar de ser una metáfora la sentencia de Hobbes: homo homini lupus”.

En efecto, diríamos que los súbditos con que se encuentran los monarcas cristianos están repartidos en tres clases disyuntas, desde un punto de vista religioso. Esto no impide que, como resultado de la ocupación de un mismo territorio, el sometimiento a unas mismas leyes, en general, económicas, lingüísticas o morales, pudieran haber mantenido relaciones conexas de igualdad y, por tanto, haberse identificado como miembros de la capa conjuntiva de esa sociedad, dicho en  términos emic “convertirse”. Pero el hecho fue que las relaciones de simetría, transitividad y reflexividad propiciadas por la “convivencia”no existieron con la recurrencia deseable: no ocuparon el mismo territorio, pues los judíos tendían, sin que ninguna ley en principio les obligase a ello, a vivir en sus aljamas; no estaban sometidos a las mismas leyes, pues cada aljama tenía sus rabinos, los cuales podían administrar justicia en su comunidad, comunidad que podía tener su propia carnicería, escuela, etc. En palabras de muchos historiadores, como por ejemplo, Stanley G. Payne [28] , constituyeron “una especie  de estado dentro del Estado”. Por supuesto, la relación que los judíos mantenían con la “clase política”, nutrida ampliamente de “conversos”, era muy distinta a la que mantenían con el resto de la población. Fuera del tópico del judío “usurero”, hay que reconocer que el poder financiero estaba en manos de judíos o conversos; por otra parte, una religión que les obligaba a ser letrados, les permitió ocupar cargos de importancia en lo que podemos denominar “administración” del Estado, aunque no hay que olvidar a una inmensa mayoría de artesanos. En todo caso, lo que las disposiciones legales nos ponen de manifiesto es que constituían una clase protegida por el “poder” a título de “servi regis”, patrimonio o propiedad de los reyes. En este sentido, se dictan varios documentos en los primeros años del reinado de Isabel y Fernando: “Todos los judíos de mis reinos son míos y están so mi protección y amparo y a mí pertenece de los defender y amparar y mantener en justicia”, repetidos hasta en vísperas de la expulsión  de 1492. ¿Cómo se entiende, entonces,  que se haya podido hablar del racismo de los monarcas?. Sólo en un sentido, y no porque aceptemos la calificación de “racismo”, sino como un modo vulgar de referirse a otra cosa. En general, se suele presuponer, equivocadamente, que las relaciones entre los hombres son siempre “circulares”, cuando en realidad, y al margen de que individualmente pudiera ser así,  las leyes nos indican  la valoración “radial” que como “propiedades” los monarcas tenían de los judíos. Así, en El animal divino Gustavo Bueno aclara: “en el eje radial han de incluirse aquellos términos (cosas, pero también animales, o los propios hombres en cuanto figuran como cosas) que tienen un significado práctico”. Así es, “práctico” era el significado que los judíos tenían como traductores, médicos, recaudadores o artesanos, tan “práctico” como para ellos resultaba refugiarse en los reinos cristianos después de la entrada de almohades y almorávides, o después de las expulsiones ocurridas en otros países europeos. ¿Qué decir, entonces, de la población “cristiana”? ¿cabría considerar, desde su punto de vista, como “númenes” reales a los judíos o musulmanes? Desde luego hace falta recurrir a un nivel lógico, como hemos dicho antes, distinto al de las relaciones entre individuos, y atender al de los grupos. Cuando se habla del “fanatismo religioso de las masas” movidas, gracias a las predicaciones de algunos eclesiásticos, por supersticiones o ideas irracionales sobre los judíos (contaminadores de fuentes, provocadores de la peste, asesinos de niños –como deicidas-, identificados con el mismísimo demonio), en realidad, en el plano más abstracto en el que queremos movernos, y no para huir de una realidad “feroz” o “trágica” como muchas veces se dice, sino para entenderla mejor,  vemos la no pertenencia a la capa conjuntiva de algunos sujetos humanos de esa sociedad política. Y aquí  necesitamos, de nuevo, apelar a los conceptos abstractos de la teoría política de Gustavo Bueno : “La peculiaridad que la conceptuación de aquello que consideramos como núcleo de la sociedad política entraña es esto:  que esta conceptuación no sólo debe tener una intención genética sino también una intención estructural”. Esto nos permite borrar la posible falsa impresión de que estemos entendiendo que la percepción que los “cristianos” tienen de los “extranjeros” o “infieles”es la de que son animales, como si en el nivel histórico en el que nos sitúan las religiones monoteístas no estuviera claro que los cristianos “saben”, al margen de desconocer la teoría de la evolución, que los judíos o los musulmanes son hombres. Pues como tales la religión católica o nematología del imperio los entiende. La sociedad política que el Imperio español está generando se origina por la desestructuración de sociedades políticas previas,  por lo que las relaciones “numinosas” con el enemigo no son, a priori, posibles. Ello nos obligaría a entender cualquier Guerra como una  relación religiosa entre los Estados. No; en realidad estamos llevando al límite la argumentación que parte del principio según el cual, en el “espacio antropológico”  las relaciones “circulares”, aunque se nos den en el presente según rutas institucionales ya cristalizadas, sin embargo, “y en virtud de los mecanismos de refluencia o de efluencia simple, habrá que decir que estos mismos órdenes ya cristalizados han de seguir  segregándose continuamente ( y en virtud del juego de sus propias legalidades institucionales) de las efluencias o refluencias que ellos mismos generan. [29]   

La Inquisición española, precisamente, es la institución que tiene como misión “dirigirse a todos los hombres” que habitaban en el territorio de los reinos hispánicos. “Convertir” desde nuestras coordenadas, o atendiendo al finis operis del proceso que queremos explicar, es ingresar en la “capa conjuntiva” del “cuerpo” de la sociedad política. La “defensa de la Santa Fe Católica” no sabemos realmente lo que es si no atendemos a los resultados prácticos que tales “planes y programas” obtienen. Nuestra tesis, así expresada, no es que vea al Santo Oficio como un órgano al servicio de una razón de Estado maquiavélica. Es, en todo caso, la posibilidad de que todos los hombres procedentes del “exterior” del cuerpo político, puedan pertenecer a él. La renuencia de los judíos a “convertirse” es la no aceptación de tal pertenencia. Como J. Pérez, liberándose del deísmo ilustrado, señala: “El judaísmo no era una simple cuestión individual. Estaba organizado como una comunidad separada, una microsociedad al margen de la sociedad cristiana; [...] se regía por sus propias normas jurídicas y culturales; disponía de dirigentes y jueces propios; poseía lugares de culto, sinagogas, y también escuelas, cementerios, etc. Recaudaba impuestos especiales para mantener aquellas estructuras. El Estado moderno con su afán de racionalización, admite difícilmente la permanencia de estructuras derogatorias de esta clase, separadas del derecho común. En los debates actuales en torno al multiculturalismo, el historiador apunta coincidencias curiosas con la situación de la España medieval: el derecho a la diferencia se transforma siempre en la diferencia de derechos; hasta ahora , las sociedades europeas siempre se han mostrado reacias ante todo lo que podía ser multiculturalismo. España probablemente se adelantó a aquella tendencia: pretendió asimilar a judíos y conversos para que, en sus reinos, no hubiera más que católicos. Pensaron los reyes que la perspectiva de una expulsión animaría a los judíos a convertirse masivamente y que, de esta forma, una paulatina asimilación acabaría con los restos de judaísmo peninsular”. [30]

 La “máquina” inquisitorial, como muchas veces se le llama, seguramente por la tremenda burocratización que imponía su actuación, es, entonces, la racionalización política con la que “en la antesala del ateísmo” se permitió, a cualquiera que tuviera los suficientes intereses ”terrenales”, “vivir” en España. A cambio, había que “convertirse”...pero, fuera de las coordenadas del fideísmo, ¿qué puede significar eso?: hablar la misma lengua, acudir a las mismas escuelas, descansar del trabajo el mismo día que todo el mundo, ir a la misma carnicería, comer el pan salido del horno de la  misma panadería etc. y no manifestar públicamente el desprecio por tus convecinos. Todo esto en España significaba, entonces, “causas religiosas”. 

Por supuesto, la mitad de los judíos se convirtieron al cristianismo, y el problema pasó a ser la falsedad de la conversión, que repetimos no podía medirse por la “fe”, sino por las “obras”. La hipótesis de Netanyahu, según la cual el criptojudaísmo fue la excusa para inventarse la persecución del converso nos parece surrealista. 

En fin, no nos preocupamos tanto de defender a la Inquisición española, en la línea de lo que García Cárcel ha llamado la “apática normalización” del Santo Oficio, como de atacar las razones que se utilizan, desde nuestro punto de vista, infundadas, para atacarla.

Desde el ateísmo militante, si no cabe desear en el “presente” la “tolerancia” con las distintas confesiones religiosas, menos la “echaremos de menos” en el pasado, lo que, además, es anacrónico. ¿Qué sentido histórico puede tener la alegría con la que algunos recogen la petición de perdón de Juan Pablo II por los errores cometidos a lo largo de 2000 años? Absolutamente ninguno. En el presente,  antes que la tolerancia con las religiones monoteístas, pediremos su trituración por la filosofía racionalista, lo que, por cierto, se empezó a hacer desde la Inquisición española. 

¿Qué diremos, entonces, del Dios de los políticos? Pues que su invocación es, desde la filosofía materialista, la prueba de que la política de un imperio generador se construye con unas leyes que han de poder ser recogidas virtualmente por todos los hombres en virtud de su racionalidad operatoria, de la individualidad corpórea que a todos, como un católico diría gracias al mito de la “encarnación del verbo”, hombres y mujeres, negros y blancos,  nos unifica en el horizonte de la Idea del Género Humano. ¿Y qué sería de esta Idea sin la realización práctica de la misma que, entre otras medidas del Imperio español, la Inquisición española emprendió? Como contrafigura de la “unidad del género humano” recordamos la “tesis angular” con la que hemos intentado entender la “imposible convivencia” entre cristianos, moros y judíos, con algunas pruebas documentales de la misma:

“El 2 de enero de 1492, Granada se entregaba a su destino y sólo quedaban lamentos. Así lo reflejaba el poeta al-Daqqûn:

A comienzos del año noventa y siete (fecha de la hégira), el sol de Al-Andalus desaparecido quedó, Y el perro alcanzó su objetivo porque a nadie se encontró que nos defienda; que la voluntad de Allah se cumpla, pues todo de Allah depende” [31] o, “Obstruyeron todos los medios de vida y de provecho, como el gusano de seda que en el tejido entraba”. [32]

¿No es curioso que también fuera el término, tan debatido en cuanto a su etimología, “marrano” el que con desprecio los cristianos utilizaran para referirse a los judíos, y, acaso no son también insultos todavía hoy recordados en el diccionario: “perro judío” o “perro moro”? Necesitaríamos más pruebas documentales para sostener dicha argumentación; no obstante, por seguir intentando su comprensión, sería bastante natural que fuera el “perro” (o el “marrano”) el animal con el que entre sí se identificasen los miembros de las tres comunidades religiosas pues, como él, entre sí se sirvieron fielmente en los momentos en los que, en lucha contra el tercero, se necesitaron. Por último, también es curioso hacer notar esta “política del tercero” de la que nos habla Alfonso Fernández Tresguerres en el artículo titulado “De coaliciones, políticos y chimpancés”, mantenida por los judíos a lo largo de toda la “Reconquista”. Para terminar, podríamos explicar la razón, asimismo  ofrecida en el curso de la argumentación de El animal divino,  por la que, a pesar de todo, el “pueblo judío” fue admitido en España como en ningún lugar en aquella época y su expulsión supuso una pérdida para el pueblo cristiano todavía hoy recordada [33] : su “especialización” en aquellas profesiones que tienen un marcado valor “ético”: médicos, sastres, artesanos en general, banqueros, comerciantes, y cuantas podamos reconocer como el “tejido” de las relaciones más universales: “las relaciones económicas comerciales” son “aquellas que han abierto el camino más franco hacia relaciones de algún modo universales. Según Marx, las realidades efectivas del individuo universal sólo aparecen con ocasión del modelo de producción burgués, en las relaciones capitalistas de un mercado sin fronteras (religiosas, lingüísticas, políticas)” [34]



[1] Gustavo Bueno, Ensayos materialistas, p. 38. Taurus, 1972.

[2] Gustavo Bueno, “España”, revista El Basilisco  24, segunda épocay España frente a Europa, Alba, 1999.

[3] El ejemplo paradigmático es la obra dirigida por Joaquín Pérez Villanueva y Bartolomé Escandell, Historia de la Inquisición en España y América, B.A.C., 1984.

[4] En este sentido es un buen ejemplo el historiador de la Inquisición Ricardo García Cárcel que en la introducción de su último libro, realizado en colaboración con Doris Moreno, Inquisición Historia crítica, (Temas de Hoy, 2000, p.17) afirma lo siguiente:“Pero el problema no es sólo el de reivindicar la legitimidad de la verdad científica más allá de las opiniones subjetivas y parciales, sino el de la hipotética confrontación entre la verdad científica y la verdad teológica. El historiador podrá rebobinar la memoria histórica e historizar los mitos y distorsiones que a lo largo del tiempo se han producido. Pero no tiene por qué asumir papeles subalternos de nadie. No hay verdad con minúsculas ni verdad con mayúsculas. La verdad existe, pero nadie puede garantizarla, tener el monopolio de la misma”.

[5] Es interesante hacer notar que se prefería, según las instrucciones, que fuesen licenciados o doctores en Leyes, mejor que en teología, como señala  José Martínez Millán, en La Hacienda de la Inquisición (1478-1700), C.S.I.C., 1984.( “Así se especifica en un tratado titulado Los inquisidores deben ser legistas y no teológicos, v. en el Archivo Histórico Nacional, Inq., lib.,1267, fol. 11r.”

[6] En Cuestiones cuodlibetales sobre Dios y la religión, p.88 y ss. Y El animal divino p. 403 y ss.

[7] El animal divino, p.43..

[8] Joseph Pérez, Crónica de la Inquisición en España,  Martínez Roca, 2002, y Ricardo García Cárcel y Doris Moreno Martínez, en la obra citada, son representativos de esta perspectiva “ilustrada”.

[9] Jean Dumont, Proceso contradictorio a la Inquisición española, Encuentro, 2000. Esta obra es singular porque reúne al mismo tiempo  historia y  crítica de la historiografía sobre  la inquisición española y su deformación por la “leyenda negra”.

[10] Baer, Roth, Révah o Netanyahu.

 

[11] Joseph Pérez, op.cit, p.17.

[12] Gustavo Bueno,  Primer Ensayo sobre las categorías de las “Ciencias Políticas”, Bibioteca Riojana, 1991.

[13] Ibíd., p.308 y ss.

[14] Ibíd..

[15] Ibíd..

[16] No estará de más recordar que la Inquisición, en sus inicios, no persigue a judíos ni a musulmanes, sino a cristianos. Aquellos llamados “cristianos nuevos” que seguían practicando, a pesar de reconocerse “públicamente” cristianos, su antigua religión.

[17] Gustavo Bueno, España frente a Europa, Alba, 1999, cap. IV, “España y el Imperio”.

[18] Los musulmanes eran más difíciles de “controlar” porque, una vez sometidos a la conversión forzosa, gracias al concepto islámico de la Taqiyya, podían fingir aceptar la nueva religión, pero “guardando el islam en el corazón”, según J. Pérez, op. cit.

[19] Estaban obligados a pagar tributos especiales, se les prohibía todo tipo de proselitismo, no podían casarse con cristianos, ni comer con ellos. Las relaciones sexuales del judío con la cristiana estaban condenadas a muerte, pena que ni siquiera era igual para cristianos y judíos, pues a estos se les podía colgar por los pies para prolongar la agonía. En fin, un largo etcétera de discriminaciones que impiden hablar de “tolerancia”.

[20] Con acierto señala Joseph Pérez (op. cit. p.17): “convendría descartar de una vez por todas el tópico tan cacareado de la España de las tres religiones, aquella época feliz en la que cristianos, moros y judíos habrían convivido en paz y armonía, primero en la España musulmana –al-Andalus-, antes de la llegada de almorávides y almohades, luego en la España cristiana, antes de las matanzas de 1391.”  Y el periodista  Federico Ysart en su magnífico libro España y los judíos en la Segunda Guerra Mundial ( p.15, Dopesa, 1973) :”El pueblo cristiano estaba demasiado preocupado por la guerra como para ocuparse de las cuestiones ordinarias de la paz que iba dejando en las tierras ya conquistadas. Y así es como los judíos se hicieron imprescindibles.”

[21] Según Julio Valdeón Baruque,  Judíos y conversos en la Castilla Medieval, Secretariado de Publicaciones e intercambio editorial, Universidad de Valladolid, 2000.

[22] Op. Cit. p. 38.

[23] Es ejemplar el artículo aparecido en la revista La aventura de la Historia 36, octubre de 2001 en la sección “Debate” cuyo titular de portada rezaba “Cinco siglos de racismo y Xenofobia” refiriéndose a España, del antropólogo, profesor en la universidad de Salamanca, Pedro Tomé.

[24] Esta polémica queda recogida en un artículo de José Magaz Fernández  titulado “Las causas de la Inquisición española según B. Netanyahu” publicado en Revista española de Teología, 61, año 2000, pp. 233-265.

[25] Es curioso el alivio con el que un teólogo recibe este libro, quizá al sentirse disculpado frente a la “opinión pública”. Así , se dice que después del libro de Netanyahu “atribuir toda la culpa del establecimiento de la Inquisición a la Iglesia, es una tesis, que sin matizaciones, ya no se puede sostener”; Ibíd., p.234.

[26] Entre otras obras, Los judeoconversos en España y América, 1978.

[27] Jean Dumont, op. cit., nos recuerda: “Los auténticos historiadores de talla rechazan una de las principales acusaciones lanzadas, tradicionalmente, contra la Inquisición española: la del racismo, en particular el antijudío. Fernand Braudel lo hace con vigor, casi con violencia, cosa no habitual en él. En efecto, suyas son estas palabras: “Me niego a considerar a España como culpable del asesinato de Israel[...] Hablar, a este respecto, de la España del siglo XVI de “país totalitario”, incluso de “racismo”, no es razonable””, p. 148.

[28] Stanley G. Payne, La España Imperial, p. 56,  Globus, 1994.

[29] Gustavo Bueno, El animal divino, p.205.

[30] Op. cit., p.74.

[31] Soha Abboud-Haggar, “En Granada sólo quedó el llanto”, en La aventura de la historia, año 4, 39, enero 2002. pp. 63-66.

[32] Idem.

[33] Cuenta  Fernando Ysart en la obra citada  lo que en esta línea supone el Real Decreto de diciembre de 1924 en el que se dice en su artículo 1º: “Los individuos de origen español que vienen siendo protegidos como si fuesen españoles por los Agentes de España en el extranjero etc.” refiriéndose a los judíos que habitaban en Turquía , así como el Decreto Ley de 1948 referido especialmente a los sefarditas . Por la primera disposición se rescataron varios millones de judíos de las cámaras de gas y por la segunda, se protegieron a los que residían en Egipto, años más tarde, durante el conflicto árabe-israelí.

[34] Op. cit., p.213.

 

Asociación Cultural Wenceslao Roces 2002